La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Yucatán es constitucional, consolidándolo como una herramienta válida para garantizar el pago de pensiones alimenticias y proteger los derechos de los beneficiarios.
¿Qué implica esta decisión?
✔ Mayor protección a sectores vulnerables
El registro busca asegurar el pago oportuno de pensiones alimenticias a niñas, niños, personas gestantes, personas con discapacidad y adultos mayores.
✔ Menos carga para los acreedores alimentarios
La supervisión del cumplimiento ya no dependerá solo de quienes tienen derecho a los alimentos, sino que las autoridades podrán dar seguimiento a los casos y actuar en consecuencia.
✔ Consecuencias para deudores incumplidos
Quienes aparezcan en el registro pueden enfrentar restricciones en trámites administrativos, afectaciones en su historial y posibles sanciones legales.
✔ Oportunidad de regularización
Los deudores inscritos pueden salir del registro si pagan las pensiones vencidas, conforme a lo establecido en la Ley de la Fiscalía General del Estado de Yucatán.
Con esta resolución, la SCJN reafirma que el derecho a los alimentos es una prioridad y que el Estado puede aplicar medidas eficaces para garantizar su cumplimiento. El Registro de Deudores Alimentarios Morosos no solo fomenta la responsabilidad, sino que protege a quienes dependen de estos recursos para su bienestar.
Esta decisión marca un precedente importante en la legislación nacional y fortalece el compromiso con la justicia familiar y la equidad social.